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Orden de 22 de febrero de 2000 - Establece fondos mínimos para el arrastre en el litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña y en parte del litoral de la Comunidad Valenciana.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 56, 6 de marzo de 2000, pág. 9368.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Zona de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La presente Orden prohíbe la utilización de redes de arrastre dentro del límite de las tres millas náuticas costeras o de la isóbata de 50 metros cuando esta profundidad se alcance a menor distancia. Indica, además, los fondos mínimos autorizados para la pesca de arrastre en las aguas exteriores de las áreas marítimas señaladas y los períodos correspondientes.

Texto completo
Español