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Orden de 2 de agosto de 1995 - Pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones demaniales en la zona de servicio de los puertos de interés general.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1995
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 195, 16 de agosto de 1995, págs. 25413-25417.
Materia
Pesca
Palabra clave
Puerto Normas Concesión
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La Ley Nº 27/1992, dispone en su artículo 63.1 que la ocupación de bienes del dominio público portuario con obras o instalaciones no desmontables o por plazo superior a 3 años, estará sujeta a previa concesión otorgada por la Autoridad Portuaria. De acuerdo con ello, la presente Orden aprueba el pliego de condiciones para el otorgamiento de concesiones demaniales en la zona de servicio de los puertos. Los títulos de la Orden son: Disposiciones Generales (I), Proyecto y ejecución de obras (II), Conservación de obras (III), Cánones y gastos (IV), Uso y explotación (V), Cambios de titularidad (VI), Constitución de hipotecas (VII), Extinción de hipotecas (VIII) y Sanciones (IX).

Texto completo
Español