Ecolex Logo
El portal del
derecho ambiental
Resultados de la búsqueda » Legislación

Orden de 17 de febrero de 1998 - Pesca de túnidos en el océano Atlántico al norte de 36° norte.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1998
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 49, 26 de febrero de 1998, págs. 6722 y 6723.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Zona de pesca Volumen admisible de captura Recopilación de datos/informes Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La presente Orden, que consta de 5 artículos, 2 disposiciones finales y 1 anexo, tiene por objeto regular la pesquería de atún rojo (Thunnus thynnus) y atún blanco (Thunnus alalunga), efectuada por los buques españoles en aguas cubiertas por el Consejo Internacional para la Explotación del Mar (CIEM) del océano Atlántico al norte del 360 norte, en aguas bajo soberanía o jurisdicción de los Estados miembros de la Unión Europea y en aguas internacionales (art. 1º). Las entidades asociativas o cada armador individual, propondrán un plan parcial de pesca ante la Dirección General de Recursos Pesqueros antes del 15 de mayo de cada año (art. 2º). El armador del buque o entidad asociativa deberán: a) remitir partes de periodicidad mensual sobre días de actividad por zona de esfuerzo y capturas por especies y zonas de pesca; b) remitir una declaración de desembarque en la que consten cantidades de túnidos, diferencias por especies, formas de presentación y áreas de captura (art. 5º).

Texto completo
Español