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NTON 03 017-98: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense sobre pescado fresco, enfriado pero no congelado, destinado al consumo humano.

País/Territorio
Nicaragua
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1999
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 20, 29 de enero de 1999.
Materia
Alimentación y nutrición, Pesca
Palabra clave
Productos pesqueros Procesamiento/manipulación Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense tiene por objeto el código de prácticas que debe aplicarse al pescado fresco, enfriado pero no congelado, destinado al consumo humano. Contiene las directrices tecnológicas y los requisitos de higiene esenciales para la manipulación y elaboración de pescado fresco a bordo y en tierra.

Texto completo
Español
Página web
www.dgpsa.gob.ni