NTON 03 017-98: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense sobre pescado fresco, enfriado pero no congelado, destinado al consumo humano. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 20, 29 de enero de 1999. Materia Alimentación y nutrición, Pesca Palabra clave Productos pesqueros Procesamiento/manipulación Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense tiene por objeto el código de prácticas que debe aplicarse al pescado fresco, enfriado pero no congelado, destinado al consumo humano. Contiene las directrices tecnológicas y los requisitos de higiene esenciales para la manipulación y elaboración de pescado fresco a bordo y en tierra. Texto completo Español Página web www.dgpsa.gob.ni