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Norma Reglamentaria para la producción, el almacenamiento, la composición y la utilización de carne separada o recuperada mecánicamente.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2008
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Carne Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Transporte/depósito
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Esta Norma se aplica a la carne cruda de animales aptos para el consumo humano, separada o recuperada mecánicamente de los huesos, carcasas o partes de carcasas. Sus disposiciones establecen las condiciones para el almacenamiento y manipulación de la materia prima y el producto recuperado, así como la composición y utilización del mismo. La Norma es obligatoria para todos los establecimientos habilitados por la División Industria Animal (DIA) que elaboren este tipo de productos, y se aplica también a la carne separada o recuperada mecánicamente producida en el extranjero e importada para su utilización en Uruguay.

Texto completo
Español
Página web
www.mgap.gub.uy