Norma Reglamentaria para la producción, el almacenamiento, la composición y la utilización de carne separada o recuperada mecánicamente. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Carne Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Transporte/depósito Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Esta Norma se aplica a la carne cruda de animales aptos para el consumo humano, separada o recuperada mecánicamente de los huesos, carcasas o partes de carcasas. Sus disposiciones establecen las condiciones para el almacenamiento y manipulación de la materia prima y el producto recuperado, así como la composición y utilización del mismo. La Norma es obligatoria para todos los establecimientos habilitados por la División Industria Animal (DIA) que elaboren este tipo de productos, y se aplica también a la carne separada o recuperada mecánicamente producida en el extranjero e importada para su utilización en Uruguay. Texto completo Español Página web www.mgap.gub.uy