Norma Reglamentaria para la elaboración de carne picada con destino a la venta directa. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Carne Alimentos tratados Negocios/industria/corporaciones Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Inspección Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Esta Norma Reglamentaria se aplica a la elaboración de carne picada cruda, enfriada o congelada rápidamente, y establece los requisitos y condiciones que deben cumplimentar aquellos establecimientos que pretendan elaborar carne picada al momento de diseñar los anteproyectos y presentarlos para su aprobación. La Inspección Veterinaria Oficial (IVO) del establecimiento habilitado es la encargada de controlar que los establecimientos cumplan con la presente norma reglamentaria. Texto completo Español Página web www.mgap.gub.uy