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Norma Reglamentaria para la elaboración de carne picada con destino a la venta directa.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2009
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Carne Alimentos tratados Negocios/industria/corporaciones Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Inspección
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Esta Norma Reglamentaria se aplica a la elaboración de carne picada cruda, enfriada o congelada rápidamente, y establece los requisitos y condiciones que deben cumplimentar aquellos establecimientos que pretendan elaborar carne picada al momento de diseñar los anteproyectos y presentarlos para su aprobación. La Inspección Veterinaria Oficial (IVO) del establecimiento habilitado es la encargada de controlar que los establecimientos cumplan con la presente norma reglamentaria.

Texto completo
Español
Página web
www.mgap.gub.uy