NOMEM-007-SCFI-2000: Especificaciones de la bebida alcohólica Mezcal. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 6, 8 de marzo de 2000, pág. 25. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Bebidas Viticultura/prácticas enológicas Procesamiento/manipulación Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen La presente Norma establece las características y especificaciones que deben cumplir los usuarios autorizados para producir y/o comercializar la bebida alcohólica destilada denominada mezcal, que se aplica a la bebida alcohólica elaborada con agaves de las siguientes especies: Agave Angustifolia Haw (maguey espadín), Agave Esperrima jacobi, Amarilidáceas (maguey de cerro, bruto o cenizo), Agave Weberi cela, Amarilidáceas (maguey de mezcal), Agave Patatorum zucc, Amarilidáceas (maguey de mezcal) y Agave Salmiana Otto Ex Salm SSP Crassispina (Trel) Gentry (maguey verde o mezcalero). Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Modifica la NOMEM-007-SCFI-2000: Especificaciones de la bebida alcohólica Mezcal. Legislación | México | 2000 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Bebidas, Viticultura/prácticas enológicas Fuente: FAO, FAOLEX