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NOMEM-002-FITO-1994: Campaña contra la broca del café.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1994
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 20, 25 de agosto de 1994, pág. 27.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Protección vegetal Plagas/enfermedades Café/cacao/té Cuarentena Inspección Desinfección/desinfestación Manejo integrado de plagas/estrategias de manejo de plagas Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Transporte/depósito Plaguicidas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Norma Oficial Mexicana de Emergencia, considerando que la broca del café (Hypothenemus hampei Ferrari) es la plaga más perjudicial del cultivo del cafeto, y que la primera vez que fue detectada en México fue en octubre de 1978 en el ejido Mixcum, municipio de Cacahoatán, Chiapas, establece la campaña contra la broca del café. Esta Norma establece las regulaciones de carácter obligatorio que se deberán cumplir para confinar, combatir y en su caso erradicar, los focos de infestación de la broca del café, a través de la campaña contra esta plaga, así como evitar la diseminación a otras zonas cafetaleras libres de la broca del café por medio del control cuarentenario de productos y materiales susceptibles de diseminar la plaga. La atención fitosanitaria de los cultivos en campo por parte de los productores con apoyo de profesionales fitosanitarios y organismos de certificación aprobados, será con la utilización de dos o más estrategias de control (Manejo Integrado del Cultivo), sea cultural, genético, químico, legal o de otra índole encaminado a buscar la preservación del ecosistema.

Texto completo
Español