NOMEM-001-PESC-1994: Aprovechamiento de las especies que son objeto de la pesca deportivo-recreativa, en aguas de jurisdicción federal. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1994 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 21, 29 de junio de 1994, pág. 83. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Pesca no-comercial Aparejos de pesca/métodos de pesca Peces marinos Embarcación de pesca Peces cartilaginosos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Esta Norma Oficial Mexicana de Emergencia regula el aprovechamiento de las especies que son objeto de la pesca deportivo-recreativa, en aguas de jurisdicción federal. Se considera pesca deportivo-recreativa la que se practica con fines de esparcimiento, con las artes de pesca y características previamente autorizadas por la Secretaría de Pesca. La pesca deportivo-recreativa, sólo podrá practicarse respecto de peces, quedando prohibida la captura de crustáceos, moluscos, mamíferos acuáticos, reptiles y anfibios. Los ejemplares capturados podrán destinarse al consumo de los pescadores deportivos y sus familiares o para su montaje en taxidermia. Obtener el permiso de pesca correspondiente, a cubrir previamente los derechos que establezca la legislación respectiva para la práctica de la pesca deportiva, a excepción de quienes no requieran de permiso conforme se establece en la Ley de Pesca y su Reglamento. Texto completo Español