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NOM-049-FITO-1995: Campaña contra la Langosta.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1998
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 13, 17 de julio de 1998, pág. 16.
Materia
Cultivos
Palabra clave
Protección vegetal Plagas/enfermedades Higiene/procedimientos sanitarios Frutas/nueces comestibles Cultivos/praderas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Norma tiene por objeto establecer los lineamientos fitosanitarios para la detección y combate de la langosta, por lo que básicamente resulta aplicable a los cultivos que enseguida se mencionan, los cuales son considerados como mayormente afectados: Aguacate (Persea spp.), Henequén (Agave spp.), Ajonjolí (Sesamum indicum), Maíz (Zea mays), Arroz (Oryza sativa), Mango (Mangifera indica), Caña de azúcar (Saccharum officinale), Melón (Cucumis melo) , Chile (Capsicum annum), Plátano (Musa spp.), Cítricos (Citrus spp.), Sandía (Citrullus vulgaris), Cocotero (Cocos nucifera), Soya (Glycine max), Frijol (Phaseolus vulgaris), Tomate (Lycopersicon esculentum), Pastizales, De igual manera, se aplicará a todas las áreas y formas de producción y vegetación natural en donde se presente la langosta.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Revocado por

Cancelación de la NOM-049-FITO-1995: Campaña contra la Langosta.

Legislación | México | 2006

Palabra clave: Protección vegetal, Plagas/enfermedades, Higiene/procedimientos sanitarios, Frutas/nueces comestibles, Cultivos/praderas

Fuente: FAO, FAOLEX