NOM-049-FITO-1995: Campaña contra la Langosta. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 13, 17 de julio de 1998, pág. 16. Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Plagas/enfermedades Higiene/procedimientos sanitarios Frutas/nueces comestibles Cultivos/praderas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Esta Norma tiene por objeto establecer los lineamientos fitosanitarios para la detección y combate de la langosta, por lo que básicamente resulta aplicable a los cultivos que enseguida se mencionan, los cuales son considerados como mayormente afectados: Aguacate (Persea spp.), Henequén (Agave spp.), Ajonjolí (Sesamum indicum), Maíz (Zea mays), Arroz (Oryza sativa), Mango (Mangifera indica), Caña de azúcar (Saccharum officinale), Melón (Cucumis melo) , Chile (Capsicum annum), Plátano (Musa spp.), Cítricos (Citrus spp.), Sandía (Citrullus vulgaris), Cocotero (Cocos nucifera), Soya (Glycine max), Frijol (Phaseolus vulgaris), Tomate (Lycopersicon esculentum), Pastizales, De igual manera, se aplicará a todas las áreas y formas de producción y vegetación natural en donde se presente la langosta. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Cancelación de la NOM-049-FITO-1995: Campaña contra la Langosta. Legislación | México | 2006 Palabra clave: Protección vegetal, Plagas/enfermedades, Higiene/procedimientos sanitarios, Frutas/nueces comestibles, Cultivos/praderas Fuente: FAO, FAOLEX