NOM-042-SSA1-1993: Especificaciones sanitarias del hielo potable y hielo purificado. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1994 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 14, 17 de marzo de 1995, pág. 21. Materia Ganado, Alimentación y nutrición, Agua Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Envasado/etiquetado Transporte/depósito Bebidas Higiene/procedimientos sanitarios Límite máximo de residuos Residuos Medicamentos Sanidad animal Abastecimiento de agua Agua potable Normas sobre calidad del agua Desechos orgánicos Plaguicidas Sustancias peligrosas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones sanitarias del hielo potable y hielo purificado, siendo de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que se dedican a su proceso o importación. Se entiende por hielo potable industrial, aquel que se obtiene a partir de agua potable, que ha sido sometida a proceso de cristalización y que se destina para enfriar alimentos y bebidas envasados y alimentos en su estado natural; por hielo purificado envasado (embolsado), aquel que se obtiene a partir de agua purificada que ha sido sometida a proceso de cristalización, cuya ingestión no cause efectos nocivos para la salud, y para su comercialización se presenta embolsado; y por hielo purificado no envasado, aquel que se obtiene a partir de agua purificada que ha sido sometida a proceso de cristalización, cuya ingestión no causa efectos nocivos a la salud y que es producido directamente de las máquinas congeladoras instaladas en los establecimientos de hospedaje y los que se dedican a servir alimentos y bebidas preparadas. Texto completo Español