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NOM-042-SSA1-1993: Especificaciones sanitarias del hielo potable y hielo purificado.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1994
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 14, 17 de marzo de 1995, pág. 21.
Materia
Ganado, Alimentación y nutrición, Agua
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Envasado/etiquetado Transporte/depósito Bebidas Higiene/procedimientos sanitarios Límite máximo de residuos Residuos Medicamentos Sanidad animal Abastecimiento de agua Agua potable Normas sobre calidad del agua Desechos orgánicos Plaguicidas Sustancias peligrosas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones sanitarias del hielo potable y hielo purificado, siendo de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que se dedican a su proceso o importación. Se entiende por hielo potable industrial, aquel que se obtiene a partir de agua potable, que ha sido sometida a proceso de cristalización y que se destina para enfriar alimentos y bebidas envasados y alimentos en su estado natural; por hielo purificado envasado (embolsado), aquel que se obtiene a partir de agua purificada que ha sido sometida a proceso de cristalización, cuya ingestión no cause efectos nocivos para la salud, y para su comercialización se presenta embolsado; y por hielo purificado no envasado, aquel que se obtiene a partir de agua purificada que ha sido sometida a proceso de cristalización, cuya ingestión no causa efectos nocivos a la salud y que es producido directamente de las máquinas congeladoras instaladas en los establecimientos de hospedaje y los que se dedican a servir alimentos y bebidas preparadas.

Texto completo
Español