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NOM-004-ZOO-1994: Residuos tóxicos en carne, grasa, hígado y riñón de bovinos, equinos, porcinos y ovinos.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1994
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 10, 11 de agosto de 1994, pág. 10.
Materia
Ganado, Alimentación y nutrición
Palabra clave
Carne Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Límite máximo de residuos Higiene/procedimientos sanitarios Bovinos Ovinos/caprinos Porcinos Medicamentos Sanidad animal
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Norma Oficial Mexicana sobre control de residuos tóxicos en carne, grasa, hígado y riñón de bovinos, equinos, porcinos y ovinos, es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer las bases para la detección y el control de residuos tóxicos en tejidos alimenticios primarios de origen animal y es aplicable a la carne, grasa, hígado y riñón de bovinos, equinos, porcinos y ovinos, provenientes de establecimientos de sacrificio ubicados en el país o de una planta aprobada por la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, cuando éstos sean de importación. La vigilancia de esta Norma corresponde a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y a los gobiernos de los estados en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales y de conformidad con los acuerdos de coordinación respectivos. La aplicación de las disposiciones previstas en esta Norma compete a la Dirección General de Salud Animal, así como a las Delegaciones de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Modifica la NOM-004-ZOO-1994: Límites máximos permisibles y procedimientos de muestreo para residuos tóxicos en carne, grasa, hígado y riñón de bovinos, equinos, porcinos y ovinos, por lo que ahora se denominará grasa, hígado, músculo y riñón en aves, bovinos, caprinos, cérvidos, equinos, ovinos y porcinos.

Legislación | México | 1996

Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Carne, Higiene/procedimientos sanitarios, Residuos, Límite máximo de residuos, Toxicidad/envenenamiento, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Medicamentos, Sanidad animal

Fuente: FAO, FAOLEX

Revocado por

Aviso de Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-ZOO-1994, Grasa, hígado, músculo y riñón en aves, bovinos, caprinos, cérvidos, equinos, ovinos y porcinos. Residuos tóxicos. Límites máximos permisibles y procedimientos de muestreo.

Legislación | México | 2013

Palabra clave: Carne, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Límite máximo de residuos, Higiene/procedimientos sanitarios, Bovinos, Ovinos/caprinos, Porcinos, Toxicidad/envenenamiento, Medicamentos, Sanidad animal

Fuente: FAO, FAOLEX