NOM-003-CNA-1996: Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 1, 3 de febrero de 1997, pág. 71. Materia Agua Palabra clave Captación de agua Perforación de pozos/pozos Normas Aguas subterráneas Control de la contaminación Normas sobre calidad del agua Contaminación de las aguas dulces Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Esta Norma establece los requisitos mínimos de construcción que se deben cumplir durante la perforación de pozos para la extracción de aguas nacionales y trabajos asociados, con objeto de evitar la contaminación de los acuíferos. Se aplica a la construcción de pozos para la extracción de aguas nacionales destinadas a los usos agrícola, agroindustrial, doméstico, acuacultura, servicios, industrial, pecuario, público urbano y múltiples. La responsabilidad en la aplicación y cumplimiento de la presente Norma corresponde al concesionario o asignatario que realice la construcción de pozos para la extracción de aguas nacionales. Texto completo Español Página web www.gob.mx Referencias - Legislación Implementado por Políticas y procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas NOM-003-CNA-1996 y NOM-004-CNA-1996. Legislación | México | 1999 Palabra clave: Control de la contaminación, EIA, Auditoría ambiental, Captación de agua, Perforación de pozos/pozos, Normas, Aguas subterráneas, Normas sobre calidad del agua, Contaminación de las aguas dulces Fuente: FAO, FAOLEX