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NOM-003-CNA-1996: Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1997
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 1, 3 de febrero de 1997, pág. 71.
Materia
Agua
Palabra clave
Captación de agua Perforación de pozos/pozos Normas Aguas subterráneas Control de la contaminación Normas sobre calidad del agua Contaminación de las aguas dulces
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Norma establece los requisitos mínimos de construcción que se deben cumplir durante la perforación de pozos para la extracción de aguas nacionales y trabajos asociados, con objeto de evitar la contaminación de los acuíferos. Se aplica a la construcción de pozos para la extracción de aguas nacionales destinadas a los usos agrícola, agroindustrial, doméstico, acuacultura, servicios, industrial, pecuario, público urbano y múltiples. La responsabilidad en la aplicación y cumplimiento de la presente Norma corresponde al concesionario o asignatario que realice la construcción de pozos para la extracción de aguas nacionales.

Texto completo
Español
Página web
www.gob.mx

Referencias - Legislación

Implementado por

Políticas y procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas NOM-003-CNA-1996 y NOM-004-CNA-1996.

Legislación | México | 1999

Palabra clave: Control de la contaminación, EIA, Auditoría ambiental, Captación de agua, Perforación de pozos/pozos, Normas, Aguas subterráneas, Normas sobre calidad del agua, Contaminación de las aguas dulces

Fuente: FAO, FAOLEX