Ley XVI - N.° 11 (Antes Decreto Ley 1279/80), de Conservación de la Fauna Silvestre País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Misiones Tipo de documento Legislación Fecha 1980 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Fauna silvestre Ordenación/conservación Caza/captura Autorización/permiso de caza Cría en ranchos/cría en cautividad Animal dañino/animal peligroso Productos silvestres Incremento del stock/repoblación Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La finalidad de esta Ley es la protección, conservación, propagación, repoblación, población y aprovechamiento racional de la fauna silvestre que, temporal o permanentemente, habita la Provincia de Misiones. A tal fin, reglamenta toda actividad que esté destinada a la aprehensión, captura, crianza y explotación de animales silvestres con fines deportivos, comerciales o de consumo propio, así como el tránsito, comercio e industrialización de piezas y productos de la explotación y crianza de animales. El artículo 14 prohíbe la introducción en la Provincia de Misiones de especies exóticas (sin perjuicio de eventuales autorizaciones del organismo competente) y de especies que estén consideradas perjudiciales, dañinas o potencialmente nocivas. Las disposiciones que siguen se refieren fundamentalmente a las reservas de fauna silvestre (arts. 15 y16), cría y explotación de especies de la fauna silvestre (arts. 17-20), ejercicio de la caza y relativas licencias (arts. 21-26), infracciones y sanciones a aplicar (arts. 32-39). Texto completo Español Página web www.misiones.gov.ar Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 532/80 - Reglamenta la Ley Nº 1.279 de conservación de la fauna silvestre. Legislación | Argentina | 1980 Palabra clave: Fauna silvestre, Ordenación/conservación, Caza/captura, Autorización/permiso de caza, Cría en ranchos/cría en cautividad, Animal dañino/animal peligroso, Productos silvestres, Armas de caza/métodos de caza, Infracciones/sanciones Fuente: FAO, FAOLEX