Ley para fomentar la donación altruista en materia alimentaria en el Estado de Baja California. País/Territorio México Subdivisión territorial Baja California Tipo de documento Legislación Fecha 1997 (2019) Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Pobreza Seguridad alimentaria Desperdicio de alimentos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley busca fomentar la donación de alimentos, dinero, especie o servicios con fines alimentarios, para coadyuvar en la satisfacción de las necesidades alimentarias de la población que no cuente con los medios económicos suficientes para atender plenamente sus requerimientos elementales de subsistencia. En este sentido, queda prohibido el desperdicio de alimentos, cuando éstos sean susceptibles de aprovechamiento por alguna institución de beneficencia reconocida por las autoridades competentes. Se consideran susceptibles de aprovechamiento aquellos alimentos que, siendo inútiles para su dueño, se encuentren en condiciones aptas para el consumo humano, conforme a los ordenamientos aplicables. Texto completo Español Página web www.congresobc.gob.mx