Ley Nº 9828 - Ley sobre el uso de materiales reutilizables en pavimentos y obras de infraestructura vial. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Legislación Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 148, 20 de junio de 2020. Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Eliminación de desechos Residuos no domésticos Residuos sólidos Control de la contaminación Reciclado/reutilización Gestión de desechos Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley establece que en todo proyecto de construcción, reconstrucción, conservación, mantenimiento y rehabilitación que ejecute el Estado y las municipalidades en las vías nacionales y cantonales, respectivamente, mínimo el cincuenta por ciento del volumen total de los materiales que se requieran para la construcción de estos pavimentos y obras de infraestructura vial deberán contener algún porcentaje de materiales reutilizables. La lista de materiales reutilizables, a los que se refiere la presente ley, deberá ser emitida y actualizada técnicamente por el Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (Lanamme-UCR) Texto completo Español Página web www.imprentanacional.go.cr