Ley Nº 9.481 - Normas sobre protección de la fauna indígena. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Legislación Fecha 1935 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Legislación básica Caza/captura Institución Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley establece normas para la conservación y explotación de todas las especies zoológicas silvestres que se encuentren en cualquier época en el territorio nacional. Dichas especies podrán ser explotadas por parte del Estado únicamente en los bienes del dominio público en que las mismas se encuentren. Los propietarios de los predios en que existan las mencionadas especies podrán explotarlas en épocas y condiciones previstas por esta ley. El artículo 4º dispone la creación de la Comisión Nacional Protectora de la Fauna Indígena. Las infracciones a la presente ley serán sancionadas con las multas indicadas en el artículo 6º. Texto completo Español