Ley Nº 89 - Ley por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada. País/Territorio Colombia Tipo de documento Legislación Fecha 1890 Fuente FAO, FAOLEX Materia Tierra y suelos Palabra clave Tenencia de tierras Propiedad común Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios Pueblos indígenas Gobierno local Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley dispone que la legislación general de la República no regirá entre los salvajes que vayan reduciéndose á la vida civilizada por medio de misiones. En consecuencia, el Gobierno, de acuerdo con la Autoridad eclesiástica, determinará la manera como esas incipientes sociedades deban ser gobernadas. Las comunidades de indígenas reducidos yá a la vida civil tampoco se regirán por las leyes generales de la República en asuntos de Resguardos. En tal virtud, en todos los lugares en que se encuentre establecida una parcialidad de indígenas habrá un pequeño Cabildo nombrado por éstos conforme a sus costumbres. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 1.809 - Normas fiscales relativas a los territorios indígenas. Legislación | Colombia | 1993 Palabra clave: Tenencia de tierras, Propiedad común, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Pueblos indígenas, Gobierno local Fuente: FAO, FAOLEX Decreto Nº 1.088 - Regula la creación de las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas. Legislación | Colombia | 1993 Palabra clave: Tenencia de tierras, Propiedad común, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Pueblos indígenas, Gobierno local, Desarrollo agrícola Fuente: FAO, FAOLEX