Ley Nº 854/63 - Estatuto Agrario. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Legislación Fecha 1963 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Tierra y suelos Palabra clave Productos agrícolas Comercio interior Explotación agrícola Desarrollo agrícola Reforma agraria Concentración parcelaria Transferencia Cooperativa/organización de productores Terrenos públicos Crédito Tenencia de tierras Propiedad común Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley estimula y garantiza la propiedad privada inmobiliaria rural que cumple con su función social económica, contribuyendo al bienestar rural y al desarrollo de la economía nacional. Su aplicación estará a cargo del Instituto de Bienestar Rural. El Bienestar Rural, a los efectos de esta Ley, consistirá en transformación de la estructura agraria del país, obtenida con la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social, mediante un sistema justo de distribución de la tierra, asistencia técnica social adecuada, organización del crédito, de la producción y su colocación, de modo que permitan al productor rural lograr su estabilidad económica, como garantía de su libertad y dignidad y fundamento del bienestar social. La propiedad privada inmobiliaria rural cumple con su función socioeconómica cuando se ajusta a los requisitos esenciales siguientes: a) explotación eficiente de la tierra y su aprovechamiento racional; y b) observancia de las disposiciones sobre conservación y reposición. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 1.746/78 - Reglamenta habilitación y uso de campos destinados a las comunidades rurales. Legislación | Paraguay | 1978 Palabra clave: Tenencia de tierras, Propiedad, Propiedad común, Derecho de uso Fuente: FAO, FAOLEX