Ley Nº 8.311 - Declárase el Estado de Emergencia Hídrica en todo el territorio de la Provincia. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial San Juan Tipo de documento Legislación Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Escasez de agua/sequía Abastecimiento de agua Agua potable Prioridades Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen En virtud de esta Ley se declara por el término de un año Estado de Emergencia Hídrica en todo el territorio de la Provincia de San Juan. En este marco, la Ley asimismo promueve la utilización racional del recurso hídrico, procurándose la utilización del agua subterránea en los diferentes usos para compensar el déficit de agua superficial, y dispone incrementar el máximo reuso de efluentes de origen doméstico, industrial y agrícola. Texto completo Español Página web www.legislaturasanjuan.gob.ar