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Ley Nº 8/1991 - Ley de espacios naturales.

País/Territorio
España
Subdivisión territorial
Castilla y León
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1991
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 158, 3 de julio de 1991, págs. 22088-22096.
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Biodiversidad Zona protegida Conservación del ecosistema Entidad no gubernamental Bosques demaniales Registro Política/planificación Protección del hábitat Patrimonio cultural Protecíon de las especies
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

El extenso y variado territorio de la Comunidad contiene numerosos espacios naturales que, por sus características singulares y valores ecológicos, deben ser preservados del deterioro derivado de actividades socioeconómicas que amenazan el equilibrio secular de los ecosistemas que sustentan. Esta Ley establece un régimen jurídico de protección de los recursos naturales compatible con la conservación del medio ambiente y el desarrollo económico. Sus disposiciones complementan la normativa ya vigente: Ley de Montes de 1957, Ley de Caza de 1970, Ley de 1976 sobre el Régimen del Suelo y de Ordenación Urbana y Ley de 1989 sobre la Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. La Ley crea una Red de Espacios Naturales de Castilla y León compuesta por: 1) los espacios naturales protegidos: aquellos que por su diversidad biológica, función protectiva, valor estético, interés geológico, histórico o científico justifiquen ser tutelados con medidas de protección especiales (parques, reservas naturales, monumentos naturales y paisajes protegidos); 2) las zonas naturales y especímenes de interés especial: aquellos en los que siguen dominando los elementos y procesos ecológicos naturales y que están sometidos a algún régimen jurídico específico (montes de utilidad pública y de protección, zonas húmedas catalogadas, zonas naturales de esparcimiento, etc). Se crea el Registro de la Red de Espacios Naturales de Castilla y León, en el que se incluirán todos los espacios pertenecientes a esta Comunidad. El Registro es accesible al público y debe contener todas las informaciones pertinentes sobre el estatuto y las características de los espacios registrados. Por lo que se refiere a la planificación, la Ley prevé la adopción de diversos instrumentos: un Plan General de Ordenación de los Recursos Naturales para la región, y planes específicos para cada categoría de espacio protegido (planes rectores de uso y gestión de los parques naturales; planes de conservación de reservas naturales; normas de protección de monumentos naturales y paisajes protegidos).

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Revocado por

Ley Nº 4/2015 - Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León.

Legislación | España | 2015

Palabra clave: Biodiversidad, Zona protegida, Bosques demaniales, Registro, Política/planificación, Protección del hábitat, Parques nacionales, Participación pública, Conservación del ecosistema, Monitoreo, Protecíon de las especies

Fuente: FAO, FAOLEX