Ley Nº 816/96 - Medidas de defensa de los recursos naturales forestales. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Legislación Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques Palabra clave Ordenación forestal/conservación de montes Medidas de protección forestal Corte y extracción/explotación forestal Zonificación Zona protegida Pequeños agricultores/campesinos Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley declara de interés social y ambiental la protección de los bosques existentes en la zona delimitada por la misma Ley. En los bosques declarados de uso forestal exclusivo no podrán autorizarse ni realizarse desmontes para cualquier fin, exceptuándose de la presente disposición las superficies menores a siete hectáreas destinadas a pequeños agricultores. Se prohíbe la instalación de nueva industria de madera en la zona delimitada antes mencionada. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Ley Nº 1.095/97 - Modifica la Ley Nº 816/96, sobre medidas de defensa de los recursos naturales forestales. Legislación | Paraguay | 1997 Palabra clave: Medidas de protección forestal, Infracciones/sanciones, Inventarios, Ordenación forestal/conservación de montes Fuente: FAO, FAOLEX Ley Nº 1.848/01 - Prorroga la vigencia del artículo 2º de la Ley Nº 816 del 20 de agosto de 1996 que adopta medidas de defensa de los recursos naturales. Legislación | Paraguay | 2001 Palabra clave: Ordenación forestal/conservación de montes, Medidas de protección forestal, Zona protegida Fuente: FAO, FAOLEX