Ley Nº 79 - Normas para la conservación del agua. (Declarada Inexequible). País/Territorio Colombia Tipo de documento Legislación Fecha 1986 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques, Agua Palabra clave Bosques de protección Zona protegida Normas sobre calidad ambiental Ordenación forestal/conservación de montes Normas Protección del medio ambiente Manejo de recursos hídricos Zona de conservación de aguas Zonificación Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley provee a la conservación del agua, declarando áreas de reserva forestal protectora, para la conservación y preservación del agua, las siguientes: a) todos los bosques y la vegetación natural que se encuentren en los nacimientos de agua permanentes o no, en una extensión no inferior a doscientos metros a la redonda, medidos a partir de la periferia; b) todos los bosques y la vegetación natural existentes en una franja no inferior a cien metros de ancho, paralela a las líneas de mareas máximas, a cada lado de los cauces de los ríos, quebradas y arroyos, sean permanentes o no y alrededor de los lagos, lagunas, ciénagas o depósitos de agua que abastezcan represas para servicios hidroeléctricos o de riego, acueductos rurales y urbanos, o estén destinados al consumo humano, agrícola, ganadero, o la acuicultura o para usos de interés social; c) todos los bosques y la vegetación natural, existentes en el territorio nacional, que se encuentren sobre la cota de los tres mil metros sobre el nivel del mar. Texto completo Español Página web www.suin-juriscol.gov.co Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 1014 - Reglamenta la Ley Nº 79 de 1986. Legislación | Colombia | 1987 Palabra clave: Zona protegida, Bosques de protección, Normas sobre calidad ambiental, Ordenación forestal/conservación de montes, Normas, Protección del medio ambiente, Manejo de recursos hídricos, Zona de conservación de aguas, Zonificación Fuente: FAO, FAOLEX