Ley Nº 7.838 - Programa de Forestación de la Provincia de San Juan. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial San Juan Tipo de documento Legislación Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques Palabra clave Ordenación forestal/conservación de montes Roza Institución Fondo especial Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por la presente Ley se establece el Programa de Forestación de la Provincia de San Juan, con el fin de fomentar la forestación en todo el territorio provincial y recuperar el bosque nativo, a fin de resguardar los ecosistemas provinciales de todos los procesos de desertificación ocasionados por la acción del hombre. La Ley define el marco institucional competente, el cual incluye el Consejo Público del Arbolado Público y Forestación. Entre las medidas de protección forestal previstas, cabe destacar la prohibición de la tala y la erradicación en verde, el mochado o cualquier actividad humana que dañe al arbolado público, así como la prohibición del desmonte o extracción de ejemplares de especies en verde de la flora autóctona o bosque nativo. Texto completo Español Página web www.legsanjuan.gov.ar