Ley Nº 7.741 - Creación del Banco de Leche Materna Humana Pasteurizada. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Mendoza Tipo de documento Legislación Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza Nº 27.996, 26 de septiembre de 2007. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Alactamiento/alimentos para niños Nutrición Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley provincial tiene por objeto la creación del Banco de Leche Materna Humana Pasteurizada, el cual funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia y en los hospitales públicos regionales. El Banco será responsable de recolectar y recibir leche materna humana excedente donada por madres voluntariamente. La leche donada quedará sujeta a gratuidad y estará fuera de comercio. La Ley especifica quiénes pueden beneficiar de la leche y regula las etapas de distribución, procesamiento y control de calidad. Texto completo Español Página web www.mendoza.gov.ar