Ley Nº 7.139 - Régimen de aguas. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Tucumán Tipo de documento Legislación Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Aguas subterráneas Aguas superficiales Abastecimiento de agua Derechos de agua Contaminación de las aguas dulces Prioridades Uso industrial del agua Irrigación Asociación de usuarios de aguas Agua potable Efluente de aguas residuales/vertido Cánon de aguas Expropiación Autorización/permiso Concesión Institución Infracciones/sanciones Control de la contaminación Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley tiene por objeto el régimen aplicable a las aguas del dominio público de la provincia de Tucumán. Forman parte del dominio público provincial todas las aguas superficiales que se encuentran dentro de los límites territoriales de !a provincia y que no pertenezcan al dominio de particulares o del Estado, según el Código Civil. Son también del dominio público las aguas subterráneas que se encuentran bajo la superficie del territorio de la provincia. La ley consta de los siguientes títulos: (I) Del dominio de las aguas; (II) Autoridad de aplicación; (III) Uso común y especial o privado; (IV) Reconocimiento de derechos; nuevas concesiones; registro y catastro; extinción y nulidad de la concesión; (V) Derechos y obligaciones de los concesionarios y permisionarios de agua para riego e industria; (VI) De los canales de riego y desagües para uso agrícola, ganadero e industrial; (VII) De la preservación de las aguas; (VIII) Infracciones, multas y sanciones; (IX) De las atribuciones y deberes del Director de Irrigación; (XI) De los Jefes de Distrito; (XII) De las Juntas de Regantes o Consorcio de Usuarios; (XIII) De las aguas subterráneas para uso agrícola, ganadero e industrial; (XIV) Recursos y contabilidad. Texto completo Español Página web www.msn.com.ar