Ley Nº 7138 - Establece el Sistema Provincial de Áreas Protegidas. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial La Rioja Tipo de documento Legislación Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Zona protegida Ordenación/conservación Clasificación/declasificación Patrimonio cultural Legislación básica Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley establece las normas que regirán las áreas naturales provinciales y sus ambientes silvestres. Establece el Sistema Provincial de Áreas Protegidas, cuyo objetivo principal será conservar y promover lo más representativo y valioso del patrimonio natural de la Provincia de La Rioja, en forma compatible con las necesidades de las fuentes productivas agrícolas, ganaderas, mineras, emprendimientos industriales y requerimientos turísticos. En lo que se refiere a la ordenación de los ambientes naturales, éstos se dividen en: a) ambientes de conservación paisajística y natural; b) ambientes de conservación biótica; c) ambientes de conservación y producción; d) ambientes de conservación cultural y natural. A su vez, las áreas naturales se clasifican, según modalidades de sus utilización e intervención del Estado, en las siguientes categorías: a) áreas destinadas a uso no extractivo y rigurosa intervención del Estado Provincial; b) ambientes de conservación paisajística y natural; c) ambientes de conservación biótica; d) áreas de aptitud productiva controlada técnicamente por el Estado; e) ambientes de conservación y producción; f) ambientes de conservación natural y cultural (art. 17). Texto completo Español Página web www.larioja.gov.ar