Ley Nº 7.123 - Autoriza la caza de control del zorro gris. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial La Rioja Tipo de documento Legislación Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Caza/captura Animal dañino/animal peligroso Armas de caza/métodos de caza Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Mediante la presente Ley se autoriza la caza de control de la especie denominada zorro gris (Pseudalopex griseus), según los términos establecidos en el artículo 13º de la Ley Nº 4.677, a fin de equilibrar la población de esta especie y disminuir los daños que provocan sobre otras especies silvestres y sobre las actividades humanas. Esta autorización tendrá una vigencia de tres años, a partir de la sanción de esta Ley, en todo el territorio provincial, exceptuando las áreas naturales protegidas existentes en la Provincia. El artículo 5º prohíbe el uso de armas de fuego y productos químicos para la caza. Texto completo Español Página web www.larioja.gov.ar Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 4.677 - Protección de la fauna silvestre. Legislación | Argentina | 1985 Palabra clave: Ordenación/conservación, Fauna silvestre, Caza/captura, Comercio interior, Infracciones/sanciones Fuente: FAO, FAOLEX