Ley Nº 67 - Modifica la Ley Nº 6, Marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad. Texto refundido. País/Territorio Panamá Tipo de documento Legislación Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 28.176, 13 de diciembre de 2016. Materia Energía Palabra clave Conservación de energía/producción de energía Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Producción de energía hidroeléctrica Comercio interior Derechos/cánones Subvención/incentivo Fondo especial Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley modifica la que establece el régimen a que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica destinadas a la prestación del servicio público de electricidad, en aspectos relacionados con la creación del Fondo de Electrificación Rural que será administrado por la Oficina de Electrificación Rural y estará constituido, además de las asignaciones anuales en el Presupuesto General del Estado, por el aporte anual de cada uno de los agentes del mercado de energía eléctrica, que no excederá del l % de su utilidad neta, antes del impuesto sobre la renta, excepto las cogeneradoras y autogeneradoras cuyo aporte no excederá del 1 % del ingreso bruto anual por las ventas de energía, descontadas las compras en el mercado mayorista de electricidad. Texto completo Español Página web www.asamblea.gob.pa Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 6 - Marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad. Texto refundido. Legislación | Panamá | 1997 (2011) Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Producción de energía hidroeléctrica, Transporte/depósito, Comercio interior, Derechos/cánones Fuente: FAO, FAOLEX