Ley Nº 6/1991 - Crea el Centro Regional de Investigación del Medio Ambiente. País/Territorio España Subdivisión territorial Cantabria Tipo de documento Legislación Fecha 1991 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 134, 5 de junio de 1991, págs. 18315 y 18316. Materia Medio ambiente gen. Palabra clave Control de la contaminación Recopilación de datos/informes Monitoreo Prevención de residuos Institución Investigación Auditoría ambiental EIA Tarifas/cánones relativos al medio ambiente Efluente de aguas residuales/vertido Normas sobre calidad ambiental Normas Protección del medio ambiente Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen La Ley consta de 3 capítulos, 10 artículos, 2 disposiciones adicionales y 3 finales. INDICE: Creación y funciones (I); Organización (II); Presupuesto y su control (III). La presente Ley crea el Centro Regional de Investigación del Medio Ambiente como organismo autónomo de la Diputación Regional de Cantabria, adscrito a la Consejería de Ecología, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (art. 1º). Son funciones generales del Centro: a) investigación y estudios sobre prevención y protección de la calidad ambiental; b) recogida de datos ambientales; c) policía ambiental, tanto en relación con toda clase de vertidos y residuos como en materia de ambiente atmosférico; d) ensayos de tratamientos medioambientales; e) desarrollo de nuevas tecnologías relacionadas con la prevención y el control del medio ambiente; f) fomento de la mejora del medio ambiente por sí mismo o en cooperación con entidades locales, instituciones y empresas (art. 2º). Para el cumplimiento de sus fines, el Centro podrá contar con las siguientes fuentes de ingresos: a) aportaciones del presupuesto general; b) subvenciones, donaciones o ayudas de cualquier persona física o jurídica; c) tasas y derechos de servicios prestados; d) cualquiera otra de naturaleza pública o privada (art. 8º). Son órganos rectores del Centro el Consejo Rector y la Dirección, cuya composición y funciones se indican en detalle. Se establece además el modo en que el Centro será financiado. Texto completo Español