Ley Nº 5/2017 - Modifica la Ley Nº 6/2001, Ley del Estatuto de los Consumidores de Extremadura. País/Territorio España Subdivisión territorial Extremadura Tipo de documento Legislación Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 135, 7 de junio de 2017. Materia Energía Palabra clave Protección del consumidor Conservación de energía/producción de energía Comercio interior Entidad no gubernamental Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen La presente Ley modifica el Estatuto de los Consumidores de Extremadura, en aspectos relacionados con la gestión de las instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción. Se establece que, como obligación específica de protección y prevención de riesgos de la salud o seguridad de los consumidores y usuarios, todas las instalaciones de suministro al por menor de combustibles y carburantes de venta al público en general deberán disponer en la propia instalación, mientras permanezcan abiertas y en servicio en horario diurno, al menos de una persona responsable de los servicios que se prestan, al objeto de garantizar los derechos de los consumidores reconocidos en la Ley. Texto completo Español Página web www.boe.es Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 6/2001 - Ley del Estatuto de los Consumidores de Extremadura. Legislación | España | 2001 Palabra clave: Protección del consumidor, Entidad no gubernamental, Comercio interior, Acceso-a-la-información, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Envasado/etiquetado, Legislación básica, Fraude Fuente: FAO, FAOLEX