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Ley Nº 5 - Enmienda la Ley Nº 278 de 1998, Ley de Pesquería de Puerto Rico.

País/Territorio
Puerto Rico (EUA)
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2005
Fuente
FAO, FAOLEX
Título completo
Para enmendar los incisos (a), (b), (d), (g), (h), (i), (j), (k), (l), y (q) del Artículo 5, de la Ley Núm. 278 de 29 de noviembre de 1998, según enmendada, conocida como “Ley de Pesquería de Puerto Rico”, a los efectos de que cualquier intento de reglamentar la pesquería en Puerto Rico por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, tiene que contar para su aprobación con la posición de los grupos reconocidos de pescadores al igual que de la Junta Asesora de Pesca, así como para aumentar el número de pescadores comerciales de dos (2) a cuatro (4) y los pescadores recreativos de uno (1) a tres (3) que compondrán la Junta Asesora de Pesca.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Acuicultura
Área geográphica
Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo
Resumen

Por la presente Ley se introducen algunas enmiendas y se adicionan nuevas disposiciones al artículo 5º de la Ley de Pesquería de Puerto Rico, en lo referente a los poderes y deberes del Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.

Texto completo
Español
Página web
www.lexjuris.com

Referencias - Legislación

Enmienda

Ley Nº 278 – Ley de Pesquerías de Puerto Rico.

Legislación | Puerto Rico (EUA) | 1998

Palabra clave: Pesca marítima, Acuicultura, Peces cartilaginosos, Mar territorial

Fuente: FAO, FAOLEX