Ley Nº 4.705 - Ley sobre tenencia y cría de camélidos. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Jujuy Tipo de documento Legislación Fecha 1993 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Producción animal Reproducción animal Camélidos Subproductos animales Subvención/incentivo Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley provincial introduce normas en tema de tenencia y cría de camélidos con destino a la producción de carne, fibra, cueros o sus derivados, o bien al comercio de reproductores. La Ley declara de interés provincial la cría de camélidos, así como el mantenimiento, la protección y el mejoramiento del banco genético de dicha especie. Habida cuenta del interés provincial de las actividades mencionadas, los productores gozarán de una serie de beneficios fiscales, como el estar eximidos del pago de impuestos a los ingresos brutos derivados de la venta del pelo y de la carne faenada de camélidos domésticos. Texto completo Español Página web www.hacienda.jujuy.gov.ar Referencias - Legislación Enmendado porr Ley Nº 4.911 - Modifica la Ley Nº 4.705 sobre tenencia y cría de camélidos. Legislación | Argentina | 1996 Palabra clave: Camélidos, Subproductos animales, Transporte/depósito Fuente: FAO, FAOLEX