Ley Nº 436 - Modifica la Ley Nº 5.852, sobre dominio de aguas terrestres y distribución de aguas públicas. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Legislación Fecha 1964 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Irrigación Instalaciones Servidumbre Cánon de aguas Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen La presente Ley introduce modificaciones a la Ley Nº 5.852, de 29 de marzo de 1962. El artículo 70 modificado establece los porcentajes de las cuotas a pagar por parte de los propietarios de terrenos que utilicen o queden en posibilidad de utilizar las aguas de un canal construido por el Estado. El artículo 71 se refiere a la exención del pago de la cuota antes mencionada. Y el artículo 83 se refiere a la servidumbre de paso. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 5.852 - Dominio de aguas terrestres y distribución de aguas públicas. Legislación | República Dominicana | 1962 Palabra clave: Agua de lluvia, Aguas superficiales, Humedales, Aguas subterráneas, Irrigación, Uso industrial del agua, Autorización/permiso, Zona de conservación de aguas, Asociación de usuarios de aguas, Política/planificación, Corte/tribunal, Instalaciones, Control de la contaminación, Contaminación de las aguas dulces Fuente: FAO, FAOLEX