Ley Nº 4/1985 - Ley que crea el Servicio Nacional de Medicina Tradicional. País/Territorio Guinea Ecuatorial Tipo de documento Legislación Fecha 1985 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado. Materia Especies silvestres y ecosistemas, General Palabra clave Salud pública Higiene/procedimientos sanitarios Patrimonio cultural Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Área geográphica Africa, Africa Central, Países menos desarrollados, Atlántico Norte Resumen La presente Ley crea el Servicio Nacional de Medicina Tradicional. Tanto las personas que ejerzan la Medicina Tradicional como los Centros donde se apliquen sus remedios, así como la naturaleza de éstos, se someterán obligatoriamente a la presente Ley. La Medicina Tradicional es un cuerpo de conocimientos tanto técnicos como prácticos, de índole racional y global propios de una tradición farmacológica, con conceptos fundamentales de salud y enfermedad, que combina el empleo de procedimientos antiguos de diagnóstico y de medicamentos herbáceos con la utilizaei6n de instrumentos y coadyuvantes modernos. Para dedicarse al ejercicio de la Medicina Tradicional será condici6n indispensable poseer la autorización correspondiente del Ministerio de Sanidad. Texto completo Español