Ley Nº 41-23 - Ley que declara la provincia Espaillat, como provincia ecoturística. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Legislación Fecha 2023 Fuente FAO, FAOLEX Materia Medio ambiente gen., Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Protección del medio ambiente Desarrollo sostenible Turismo Eco-productos/ecoprocesos Biodiversidad Uso sostenible Gobernanza Institución Educación Fondo especial Zonificación Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Entry into force notes Esta ley entra en vigencia después de su promulgación y publicación. Resumen La presente Ley tiene por objeto impulsar el turismo ecológico y cultural, contribuyendo con la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, en beneficio del desarrollo económico y social de sus habitantes, mediante la declaratoria de la provincia Espaillat, como provincia ecoturística. Su ámbito de aplicación son todas las actividades ecoturísticas que se realicen en cada uno de los municipios que integran la provincia Espaillat. Con la declaración se busca desarrollar modelos de turismo alternativo, que permitan la eficiencia económica, la equidad social y la conservación ambiental en la zona. La Ley crea el Consejo de Ecoturístico de la provincia Espaillat (CODEPE), como órgano rector de la promoción y regulación de las actividades ecoturísticas de la provincia, y se regula su funcionamiento y atribuciones. Asimismo, se crea el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico de la provincia Espaillat. Texto completo Español Página web presidencia.gob.do