Ley Nº 4.035 - Extracción de aguas subterráneas. País/Territorio Argentina Tipo de documento Legislación Fecha 1974 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Legislación básica Aguas subterráneas Autorización/permiso Concesión Prioridades Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley introduce el marco regulatorio de la extracción de aguas subterráneas. En particular introduce las normas por las que se regirán la investigación, exploración, uso, control, recarga, conservación, desarrollo y aprovechamiento de las aguas subterráneas provinciales para cuya extracción se requiera la construcción de obras. El artículo 2º prevé el uso común del agua cuando la misma se destine exclusivamente a satisfacer necesidades domésticas del usuario. La autoridad administrativa competente se encargará de otorgar las concesiones relativas a usos o aprovechamientos especiales (abastecimiento de población, agricultura y ganadería, industria, minería, recreación y turismo, uso termal o medicinal). El artículo 21 establece las sanciones a aplicar en caso de infracción. El artículo 25 dispone la creación del Registro General de Perforaciones. Texto completo Español