Ley Nº 3.898 - Declara de interés provincial la apicultura. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Río Negro Tipo de documento Legislación Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro Nº 4.269, 6 de enero de 2005. Materia Ganado Palabra clave Apicultura/sericultura Institución Sanidad animal Producción animal Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por la presente Ley se declara de interés provincial la apicultura y se crea el Consejo Provincial de Apicultura. El Poder Ejecutivo promoverá un programa integral de desarrollo apícola que contemple: a) la producción, procesamiento, tipificación, industrialización, consumo y comercialización interna y externa de los productos y subproductos de la apicultura, impulsando estas acciones especialmente por intermedio de asociaciones y cooperativas de productores apícolas; b) la experimentación, investigación y enseñanza encaminada a lograr la mejora e incremento de los productos y subproductos de la apicultura; c) la siembra de flora apícola, como forma de preservar e incrementar las posibilidades de desarrollo de la actividad; d) Plan de erradicación de colmenas rústicas o nidos improvisados. Texto completo Español Página web www.legisrn.gov.ar Referencias - Legislación Implementado por Decreto 670/2006 – Reglamenta la Ley Nº 3.898, que declara de interés provincial la apicultura. Legislación | Argentina | 2006 Palabra clave: Apicultura/sericultura, Sanidad animal, Institución, Registro, Recopilación de datos/informes, Producción animal Fuente: FAO, FAOLEX