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Ley Nº 3.898 - Declara de interés provincial la apicultura.

País/Territorio
Argentina
Subdivisión territorial
Río Negro
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2004
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro Nº 4.269, 6 de enero de 2005.
Materia
Ganado
Palabra clave
Apicultura/sericultura Institución Sanidad animal Producción animal
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Por la presente Ley se declara de interés provincial la apicultura y se crea el Consejo Provincial de Apicultura. El Poder Ejecutivo promoverá un programa integral de desarrollo apícola que contemple: a) la producción, procesamiento, tipificación, industrialización, consumo y comercialización interna y externa de los productos y subproductos de la apicultura, impulsando estas acciones especialmente por intermedio de asociaciones y cooperativas de productores apícolas; b) la experimentación, investigación y enseñanza encaminada a lograr la mejora e incremento de los productos y subproductos de la apicultura; c) la siembra de flora apícola, como forma de preservar e incrementar las posibilidades de desarrollo de la actividad; d) Plan de erradicación de colmenas rústicas o nidos improvisados.

Texto completo
Español
Página web
www.legisrn.gov.ar

Referencias - Legislación

Implementado por

Decreto 670/2006 – Reglamenta la Ley Nº 3.898, que declara de interés provincial la apicultura.

Legislación | Argentina | 2006

Palabra clave: Apicultura/sericultura, Sanidad animal, Institución, Registro, Recopilación de datos/informes, Producción animal

Fuente: FAO, FAOLEX