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Ley Nº 3/2020 - Ley de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.

País/Territorio
España
Subdivisión territorial
Catalunya
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 78, 21 de marzo de 2020.
Materia
Alimentación y nutrición, Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Seguridad alimentaria Desperdicio de alimentos Negocios/industria/corporaciones Entidad no gubernamental Protección del consumidor Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Prevención de residuos Gestión de desechos
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

El objeto de la presente Ley es el establecimiento de acciones de prevención para reducir las pérdidas y el despilfarro alimentarios y de acciones de fomento para aumentar el aprovechamiento y la valorización de los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria. La presente Ley es aplicable a las actividades que realizan los agentes de la cadena alimentaria y a los agentes de la cadena alimentaria que realizan su actividad en el territorio de Cataluña, con independencia del lugar donde la entidad tenga su domicilio social.

Texto completo
Español
Página web
www.boe.es