Ley Nº 3/2020 - Ley de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios. País/Territorio España Subdivisión territorial Catalunya Tipo de documento Legislación Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 78, 21 de marzo de 2020. Materia Alimentación y nutrición, Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Seguridad alimentaria Desperdicio de alimentos Negocios/industria/corporaciones Entidad no gubernamental Protección del consumidor Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Prevención de residuos Gestión de desechos Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El objeto de la presente Ley es el establecimiento de acciones de prevención para reducir las pérdidas y el despilfarro alimentarios y de acciones de fomento para aumentar el aprovechamiento y la valorización de los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria. La presente Ley es aplicable a las actividades que realizan los agentes de la cadena alimentaria y a los agentes de la cadena alimentaria que realizan su actividad en el territorio de Cataluña, con independencia del lugar donde la entidad tenga su domicilio social. Texto completo Español Página web www.boe.es