Ley Nº 3.123 - Ley de protección de los ambientes glaciares y periglaciares. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Santa Cruz Tipo de documento Legislación Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Materia Medio ambiente gen., Agua Palabra clave Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces Acceso-a-la-información Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley establece los lineamientos para la protección de los ambientes glaciares y periglaciares con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas. Las medidas de protección se aplican dentro del ambiente glaciar, a los glaciares descubiertos y cubiertos, y dentro del ambiente periglaciar, a los glaciares de escombros. La Ley dispone asimismo la creación del Inventario Provincial de Glaciares, donde se caracterizarán todos los glaciares descubiertos, cubiertos y de escombros que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio provincial con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo. Texto completo Español Página web www.santacruz.gov.ar