Ley Nº 31103 - Ley de que declara de interés nacional la reactivación del Sector Turismo y establece medidas para su desarrollo sostenible. País/Territorio Perú Tipo de documento Legislación Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 30 de diciembre de 2020. Materia General Palabra clave Peligros Turismo Negocios/industria/corporaciones Subvención/incentivo Fondo especial Desarrollo sostenible Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley tiene por objeto dictar disposiciones que coadyuven a la reactivación económica, preservación y desarrollo sostenible del sector turismo, en el marco de la declaratoria de emergencia nacional por la Covid-19, declarando de interés nacional su reactivación económica, preservación y desarrollo sostenible en los tres niveles de gobierno. A tal fin, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en coordinación con las entidades del Poder Ejecutivo competentes, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, el sector privado y la sociedad civil, elabora y aprueba la Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo, con un horizonte mínimo de tres años. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe