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Ley Nº 30961 - Ley que precisa la Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública como microempresas generadoras de autoempleo productivo.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 17 de junio de 2019.
Materia
Alimentación y nutrición, Cultivos
Palabra clave
Higiene/procedimientos sanitarios Bebidas Verduras/legumbres Comercio interior Venta Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Entidad no gubernamental Contrato/acuerdo
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Ley precisa diversos artículos de la Ley que reconoce el expendio o venta ambulatoria en la vía pública de bebidas elaboradas con plantas medicinales como microempresas generadoras de autoempleo productivo y como actividad económica de inclusión social e interés turístico y cultural. Se precisa que los convenios de cooperación señalados en el artículo 3º de la Ley Nº 30198, son facultativos y opcionales, tanto para los gobiernos locales como para las asociaciones de expendedores en la vía pública de bebidas tradicionales, y su contenido no implica compromisos en materia tributaria, cobros ni gastos que impliquen recaudación municipal. Los convenios de cooperación deben estar referidos, principalmente, a la elaboración y ejecución de acciones, actividades y medidas conjuntas de reconocimiento, valorización, capacitación y formalización de la actividad de preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, así como de acciones, actividades y medidas para el fomento de los estándares sanitarios y ambientales y promoción de alimentación saludable. Las partes pueden convenir otras medidas adicionales a las señaladas siempre que no impliquen materia tributaria municipal.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 30198 - Ley que reconoce la preparación y expendio de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública como microempresas generadoras de autoempleo productivo.

Legislación | Perú | 2014

Palabra clave: Higiene/procedimientos sanitarios, Bebidas, Verduras/legumbres, Comercio interior, Venta, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos

Fuente: FAO, FAOLEX