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Ley Nº 30631 - Ley que amplía el límite de deducibilidad de gastos por concepto de donaciones de Alimentos en buen estado para efecto del Impuesto a la Renta.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 8 de agosto de 2017.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Tasa/impuesto Seguridad alimentaria Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Desperdicio de alimentos Pobreza
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Ley, que amplía el límite de deducibilidad de gastos por concepto de donaciones de Alimentos en buen estado para efecto del Impuesto a la Renta, modifica el inciso x.1) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, que fue incorporado mediante el artículo 7º de la Ley Nº 30498, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 37.- A fi n de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta ley, en consecuencia son deducibles: (...) x.1) Los gastos por concepto de donaciones de alimentos en buen estado que hubieran perdido valor comercial y se encuentren aptos para el consumo humano que se realicen a las entidades perceptoras de donaciones, así como los gastos necesarios que se encuentren vinculados con dichas donaciones. La deducción para estos casos no podrá exceder del 1.5% del total de las ventas netas de alimentos del ejercicio que realice el contribuyente, entendiéndose por alimentos para estos efectos a cualquier sustancia comestible apta para el consumo humano. Las referidas donaciones no son consideradas transacciones sujetas a las reglas de valor de mercado a que se refi ere el artículo 32 de la presente Ley."

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Enmienda

Ley Nº 30498 - Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales.

Legislación | Perú | 2016

Palabra clave: Institución, Seguridad alimentaria, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Desperdicio de alimentos, Peligros, Evaluación/manejo de riesgos, Transporte/depósito, Pobreza, Subvención/incentivo, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Infracciones/sanciones

Fuente: FAO, FAOLEX