Ley Nº 30588 - Ley de Reforma Constitucional que reconoce el Derecho de Acceso al Agua como Derecho Constitucional. País/Territorio Perú Tipo de documento Legislación Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 22 de junio de 2017. Materia Agua Palabra clave Derechos humanos Agua potable Uso sostenible Reforma constitucional Derecho al agua Abastecimiento de agua Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley incorpora el artículo 7º-A, mediante el cual "el Estado reconoce el derecho de toda persona a acceder de forma progresiva y universal al agua potable. El Estado garantiza este derecho priorizando el consumo humano sobre otros usos. El Estado promueve el manejo sostenible del agua, el cual se reconoce como un recurso natural esencial y como tal, constituye un bien público y patrimonio de la Nación. Su dominio es inalienable e imprescriptible." Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe Referencias - Legislación Enmienda Constitución Política del Perú. Legislación | Perú | 1993 (2021) Palabra clave: Protección del consumidor, Derechos económicos, sociales y culturales, Derechos humanos, Descentralización, Desarrollo agrícola, Terrenos agrícolas, Tierras abandonadas/terrenos baldíos, Derechos de propiedad, Pequeños agricultores/campesinos, Pueblos indígenas, Cooperativa/organización de productores, Entidad no gubernamental, Control de la contaminación, Biodiversidad, Salud pública, Conservación del ecosistema, Desarrollo sostenible, Derecho a un medio ambiente limpio/sano, Derecho a la alimentación, Derecho al agua, Agua potable, Expropiación, Propiedad de extranjeros, Terrenos privados, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Prioridades, Uso sostenible, Manejo de recursos hídricos, Zona protegida Fuente: FAO, FAOLEX