Ley Nº 2.946 - Programa Provincial de Rutas Escénicas. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Chaco Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la Provincia del Chaco, 4 de enero de 2019. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Conservación del ecosistema Patrimonio cultural Turismo Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley crea el Programa Provincial de Rutas Escénicas, en el ámbito de la Provincia del Chaco, que contribuirá a la planificación, protección, promoción y el manejo de rutas escénicas. El Programa tiene por finalidad la protección de los valores escénicos, naturales, históricos, arqueológicos, culturales, recreativos del paisaje e identidad de los habitantes del territorio, como también la promoción del desarrollo económico de las provincias a través del turismo. Se considera como ruta escénica o camino escénico a la ruta o camino que se diferencia por sus caracteres paisajísticos, naturales,históricos, recreativos, culturales, arqueológicos, construcciones, permitiendo denotar las características propias de cada uno de los ambientes que se transitan y estimular su valorización a través de construcciones de bajo impacto (miradores y descansos) y señalética informativa armónica con el medio y de esta manera alentar al desarrollo económico a través del turismo y la recreación. Texto completo Español Página web www.saij.gob.ar