Ley Nº 291 - Ley básica de salud animal y sanidad vegetal. Texto refundido. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Legislación Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 43, 4 de marzo de 2015. Materia Ganado, Cultivos Palabra clave Sanidad animal Legislación básica Protección de los animales Institución Higiene/procedimientos sanitarios Producción animal Registro Certificación Plagas/enfermedades Inspección Biodiversidad Cuarentena Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Comercio interior Comercio internacional Sistema de alerta rápida/sistema de intervención de emergencia Protección vegetal Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, AMERICA LATINA Y EL CARIBE FAO, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones fundamentales para la protección de la salud y conservación de los animales, vegetales, sus productos y subproductos, contra la acción perjudicial de las plagas y enfermedades de importancia económica, cuarentenaria y social en armonía con la defensa de la actividad agropecuaria sostenida, de la salud humana, los recursos naturales, biodiversidad y del ambiente. Para cumplir con estos objetivos, el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria dirigirá sus esfuerzos a fortalecer la prevención, diagnóstico, investigación y vigilancia epidemiológica, la cuarentena agropecuaria, el registro y control de los insumos agropecuarios, acuícolas, pesqueros, forestal y agroforestal y el registro genealógico, la inspección de los productos y subproductos de origen animal, vegetal, así como a impulsar los programas y campañas de manejo, control y erradicación de plagas y enfermedades, el dispositivo de emergencia en sanidad agropecuaria, la acreditación de profesionales y empresas para programas sanitarios y fitosanitarios y demás mecanismos de armonización y coordinación nacional e internacional. Texto completo Español Página web www.asamblea.gob.ni