Ley Nº 288 - Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 48-2009, que establece el Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan. País/Territorio Puerto Rico (EUA) Tipo de documento Legislación Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Título completoPara enmendar el Artículo 3 de la Ley 48-2009, que establece el Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan, para aclarar que el pago por la tablilla especial no será anual, sino que se pagará una sola vez, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.17 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, y para otras correcciones. Materia Agua Palabra clave Humedales Fondo especial Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen La presente Ley introduce algunas modificaciones a la Ley Nº 48 de 2009 relativa al Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan, en lo que se refiere al pago de la tablilla especial dedicada al Estuario de la Bahía de San Juan. Texto completo Español Página web www.lexjuris.com Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 48: Ley del Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan. Legislación | Puerto Rico (EUA) | 2009 Palabra clave: Fondo especial, Humedales, Desarrollo sostenible Fuente: FAO, FAOLEX