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Ley Nº 2.851 - Eximición del pago del impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales.

País/Territorio
Argentina
Subdivisión territorial
Neuquén
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2013
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Tierra y suelos
Palabra clave
Terrenos agrícolas Pequeños agricultores/campesinos Tasa/impuesto
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley exime del pago del Impuesto Inmobiliario a los inmuebles rurales y subrurales dedicados a la producción agrícola intensiva bajo riego en actividad, relativamente a los períodos fiscales que se indican. Quienes adhieran al presente régimen deberán acreditar que el predio objeto del Impuesto se mantiene en producción durante los años para los cuales se solicita la eximición.

Texto completo
Español