Ley Nº 2.714/05 – Declara Area Silvestre Protegida al área de reserva para Parque Nacional Cerro Corá. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Legislación Fecha 2005 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Parques nacionales Zona protegida Conservación del ecosistema Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley declara como Área Silvestre Protegida bajo dominio público, sujeta a las disposiciones de la Ley N° 352/94, con la categoría de manejo Parque Nacional y con la denominación “Cerro Corá” al Área de Reserva para Parque Nacional, cuya ubicación se detalla en el artículo 1º. Las tierras afectadas por dicha declaración quedan incluidas en el patrimonio inalienable a perpetuidad del Estado. La Secretaría del Ambiente se encargará de elaborar un plan de manejo, en el que se deberá incluir la delimitación de una zona de amortiguamiento. Texto completo Español Página web www.leyes.com.py