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Ley Nº 26.839 - Declárase al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2013
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 32.568, 23 de enero de 2013, pág. 1.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Procesamiento/manipulación Comercio interior Aceites/semillas oleaginosas/grasas
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Por la presente Ley se declara como alimento nacional el aceite de oliva argentino, definido como el aceite de oliva industrializado en la República Argentina, utilizando únicamente como materia prima aceitunas que sean íntegramente cosechadas en territorio argentino, cuya composición se ajuste a lo establecido en el artículo 535 del Código Alimentario Nacional.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar