Ley Nº 26.839 - Declárase al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional. País/Territorio Argentina Tipo de documento Legislación Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 32.568, 23 de enero de 2013, pág. 1. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Procesamiento/manipulación Comercio interior Aceites/semillas oleaginosas/grasas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por la presente Ley se declara como alimento nacional el aceite de oliva argentino, definido como el aceite de oliva industrializado en la República Argentina, utilizando únicamente como materia prima aceitunas que sean íntegramente cosechadas en territorio argentino, cuya composición se ajuste a lo establecido en el artículo 535 del Código Alimentario Nacional. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar